Micelio
Auto29 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Molina Santana Jhon Edison·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque la corrección no superó las falencias argumentativas advertidas en el auto inadmisorio.

Encontró la Sala Plena que el actor no controvirtió los razonamientos planteados por el magistrado sustanciador, sino que se limitó a transcribir algunas de las razones que dieron sustento a la decisión cuestionada, reiterando los argumentos iniciales y añadiendo razones adicionales de juicio por fuera de la etapa procesal prevista para el efecto y sin evidenciar, mínimamente, yerro, olvido o actuación arbitraria en la inadmisión.

Por resultar improcedente por ausencia de carga argumentativa, se RECHAZÓ la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado por el señor John Edison Molina Santana en contra del auto del 29 de septiembre del 2025, proferido por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, mediante el cual se rechazó la demanda propuesta en contra del artículo 10 (parcial) de la Ley 75 de 1968, "por la cual se dictan normas sobre la filiación y se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar", por ausencia de carga argumentativa.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Una vez se encuentre ejecutoriada la decisión adoptada en el presente auto, ARCHIVAR el expediente D-16.830.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.